En diciembre de 2025, México dio un nuevo paso en su arquitectura jurídica del agua con la aprobación de la nueva Ley General de Aguas (LGA). El contexto político no es menor: se inscribe en la narrativa de la llamada “Cuarta Transformación” o “4T” (que acuñó el expresidente Andrés Manuel López Obrador, y que ha sido la bandera del partido en el poder Morena) colocando en el centro el lema de “primero los pobres”.
Sobre el papel, la LGA habla el lenguaje correcto: prioriza el uso doméstico y público urbano, refuerza el enfoque de derechos y busca articularse con la Ley de Aguas Nacionales (LAN) de 1992, que sigue vigente. Sin embargo, cuando observamos con lupa el diseño institucional y los mecanismos de gobernanza, aparece una tensión que vale la pena debatir: ¿Estamos avanzando hacia un modelo de agua más justo y democrático… o hacia una mayor estatización con pocos contrapesos ciudadanos?
Es desde esa pregunta que quiero compartir una reflexión crítica, apoyada en mi trayectoria en el sector y en un ejercicio comparativo entre tres piezas clave: la LAN vigente, la nueva LGA 2025, y un anteproyecto de Ley General de Aguas que diseñé en el 2015 y que se presentó en la Cámara de Diputados, pero quedó archivado.
Aclaro que, cuando hablo de ‘estatización’ no me refiero a una expropiación clásica, sino a un modelo donde el Estado refuerza su control sobre las decisiones clave del agua sin construir, al mismo tiempo, contrapesos y cogobernanza con la sociedad.
¿Quién escribe y desde dónde hablo?
He tenido el privilegio –y la responsabilidad– de trabajar y analizar la política del agua desde dentro y desde fuera del Estado. Fui enlace legislativo en la CONAGUA de 2002 a 2006; más tarde, Coordinadora de Planeación en la Unidad de Comunicación Social; después, Gerente de Asuntos Internacionales de 2009 a 2013, siguiendo de cerca los compromisos de México ante organismos multilaterales y foros globales del agua.
Entre 2013 y 2016, ya en el plano legislativo, trabajé como asesora en la Comisión Especial para el Desarrollo Sustentable de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado René Fujiwara Montelongo (Nueva Alianza). Desde ahí impulsamos la iniciativa “Alianza por el Agua”, un gran diálogo nacional donde se confrontaron:
- la propuesta oficial de reforma de entonces, conocida como Ley Korenfeld,
- la visión de la sociedad civil articulada en diversas plataformas ciudadanas como la iniciativa “Agua para Todos”,
- y los límites de la LAN, que ya mostraba signos de agotamiento.
En ese contexto le entregué al diputado, un anteproyecto de Ley General de Aguas que intentaba tejer un puente entre estos mundos: mantener un Estado fuerte, pero con participación social vinculante, reconocimiento efectivo de los pueblos indígenas y mecanismos de control social sobre la autoridad del agua.
Ese texto se presentó vía el diputado Fujiwara, subió al Pleno… y ahí se quedó.
Hoy, a la luz de la nueva LGA, ese ejercicio cobra nueva relevancia porque permite comparar qué camino eligió el país.
Lo que realmente cambia con la LGA (y lo que no)
La LAN nació como una ley centrada en el artículo 27 constitucional: administrar las aguas nacionales, definir concesiones, zonas de veda, reservas, descargas y usos. Su lógica original es técnico-administrativa y, con los años, se le han ido injertando elementos de derechos humanos y participación, pero sin alterar su ADN: la Comisión Nacional del Agua como eje tecnocrático de la gestión.
La nueva LGA se coloca, en cambio, bajo el paraguas del artículo 4º de la Constitución, que reconoce el derecho humano al agua y al saneamiento. Articula con mayor claridad los componentes de este derecho (disponibilidad, calidad, accesibilidad, aceptabilidad, asequibilidad e información) y distribuye responsabilidades entre Federación, estados y municipios.
Hasta ahí, el giro parece claramente positivo.
Sin embargo, cuando descendemos al nivel de la gobernanza, vemos que la LGA:
- Conserva la arquitectura centralizada: la Autoridad del Agua (en los hechos, CONAGUA) sigue siendo el órgano rector que planea, autoriza, supervisa y sanciona.
- Mantiene y reorganiza organismos de cuenca y consejos consultivos, pero como instancias fundamentalmente consultivas.
- Habla de participación social, pero no da el salto a la co-gobernanza ni crea una Contraloría Social del Agua con facultades reales de vigilancia y sanción.
En la práctica, la nueva LGA refuerza la rectoría estatal bajo un discurso de derechos, pero sin abrir espacios sustantivos para que la sociedad, las comunidades y los pueblos indígenas compartan el poder de decisión sobre el agua.
Municipios: más obligaciones, mismos vacíos financieros
Un capítulo especialmente sensible es el de los municipios. Ya la LAN les exigía tratar sus aguas residuales antes de descargarlas, de acuerdo con normas oficiales, y los hacía responsables de las descargas domésticas cuando no hay drenaje.
La LGA engrosa este catálogo de responsabilidades:
- Incorporar el enfoque de derechos humanos, género y niñez en la programación y presupuestación de los servicios de agua y saneamiento.
- Formular programas integrales de prestación de servicios.
- Coordinarse y asociarse para formar sistemas intermunicipales.
- Expedir normas administrativas locales.
- Promover participación social en la gestión.
- Y seguir siendo responsables del tratamiento de las aguas residuales antes de su descarga en cuerpos receptores.
Todo esto es, en términos de política pública, deseable y necesario. El problema es que no viene acompañado de una arquitectura financiera clara: la ley remite a un Sistema Financiero del Agua ya previsto en la LAN, pero no etiqueta recursos específicos ni crea mecanismos sólidos de corresponsabilidad fiscal para que los municipios puedan cumplir.
En otras palabras: más obligaciones sin financiamiento asegurado. Y eso, en contextos de alta desigualdad territorial y capacidades institucionales muy dispares, es receta para la simulación o el incumplimiento crónico.
Participación social: lo que la LGA no se atrevió a hacer
Donde la brecha se vuelve más visible es en el terreno de la participación social y la transparencia.
La LAN ya reconocía consejos de cuenca, consejos consultivos y un Consejo Consultivo del Agua de carácter nacional. La nueva LGA actualiza este lenguaje y manda a “ampliar y fortalecer” la participación de personas usuarias y de la sociedad en la planeación, ejecución y evaluación de políticas.
Pero la clave está en cómo se integra y qué puede hacer esa participación:
- Los consejos siguen siendo instancias de consulta, no de decisión.
- No se establecen cuotas obligatorias para pueblos indígenas, comunidades rurales o mujeres en los órganos de cuenca.
- No se crea un órgano ciudadano con facultad de auditar, observar y, llegado el caso, impulsar sanciones frente a violaciones a la propia LGA.
En contraste, el anteproyecto de 2015 planteaba tres innovaciones que ni siquiera se contemplan hoy:
- Consejos de cuenca con mayoría ciudadana e indígena Al menos 50% de los asientos se destinarían a:
- ciudadanía organizada desde las microcuencas,
- organizaciones sociales y usuarios,
- pueblos y comunidades indígenas, con equilibrio de género.
El resto se distribuía entre Federación, estados, municipios y operadores de agua. Y estos consejos no solo opinaban: construían el Plan Rector de la Cuenca, vigilaban su cumplimiento y podían recomendar el rescate de concesiones por utilidad pública.
- Contraloría Social del Agua
Se proponía un órgano específico de contraloría social, con facultades para:
- vigilar la integración democrática de los comités de cuenca;
- supervisar uso de recursos públicos y condiciones de concesiones;
- monitorear calidad y distribución del agua a nivel municipal;
- recibir denuncias ciudadanas;
- e incluso iniciar procedimientos administrativos de sanción o destitución de funcionarios responsables.
- Consejo Consultivo del Agua fortalecido y con presupuesto El Consejo Consultivo del Agua pasaba de ser un “órgano de buena voluntad” a una pieza articuladora nacional, coordinado con un Consejo Nacional de Cuencas y la Contraloría Social, con financiamiento asegurado desde el Presupuesto de Egresos de la Federación.
Ese triángulo –Consejos de cuenca con mayoría social, Contraloría Social del Agua y Consejo Consultivo fortalecido– apuntaba a un modelo de cogobernanza: el Estado no renuncia a su papel, pero acepta ser observado, corregido y acompañado por la sociedad.
La nueva LGA, en cambio, opta por mantener a la ciudadanía en el lugar de “consultada”, no de co-decisora.
Del lema “primero los pobres” a la realidad institucional
Desde la retórica política, la LGA se presenta como una ley que pone “primero a los pobres”, prioriza el uso doméstico y reconoce el derecho humano al agua. Sin embargo, en su diseño institucional predominan dos constantes:
- Reforzamiento de la rectoría estatal, con un papel central de la Autoridad del Agua, organismos de cuenca y gobiernos, y
- Ausencia de contrapesos sociales estructurados, más allá de mecanismos de consulta y participación no vinculante.
En términos de gobernanza, esto significa que:
- El acceso al agua de los más pobres sigue dependiendo de la capacidad y voluntad de un aparato estatal que no siempre ha sido transparente ni equitativo.
- Las comunidades y pueblos que viven en primera línea los impactos de la sobreexplotación, la contaminación y la mala planificación no tienen una silla fuerte en la mesa de decisiones.
- Los municipios son convertidos en responsables directos de nuevos estándares de servicio sin tener garantizados los medios para cumplirlos.
Así, corremos el riesgo de que el discurso de “primero los pobres” se quede a mitad de camino: el marco jurídico incorpora el lenguaje de derechos, pero el poder efectivo sobre el agua permanece concentrado.
Además, el nuevo marco jurídico convive con un presupuesto donde el agua sigue en los márgenes: para 2026, los programas federales de agua en el Ramo 16 representan apenas alrededor del 0.17% del gasto programable —unos 17 centavos de cada 100 pesos. El discurso habla de ‘primero los pobres’, pero los números muestran que el agua sigue compitiendo por migajas en el presupuesto federal.”
Una agenda pendiente para el sector hídrico en México
El propósito de este artículo no es descalificar la nueva LGA, sino señalar con honestidad técnica dónde se quedó corta y qué todavía puede hacerse desde la reglamentación, la política pública y la incidencia profesional.
Algunas rutas posibles:
- Reglamentos con cuotas claras de participación ciudadana, indígena y de mujeres en consejos de cuenca y órganos consultivos.
- Creación, por vía legal o reglamentaria, de una instancia de Contraloría Social del Agua, articulada con el sistema nacional anticorrupción.
- Fortalecimiento real del Consejo Consultivo del Agua, con presupuesto estable y capacidad de emitir opiniones técnicas que deban ser consideradas formalmente en las decisiones.
- Mecanismos de datos abiertos sobre concesiones, volúmenes, calidad de agua y cumplimiento de condiciones, que permitan una vigilancia informada por parte de la sociedad y de la comunidad técnica.
- Diseño de instrumentos financieros específicos para que los municipios puedan cumplir las obligaciones que la LGA les impone, sin caer en un círculo de incumplimiento estructural.
El debate sobre el agua no puede quedar atrapado entre dos miedos –privatización vs. estatismo–. El desafío es más complejo y más interesante: construir un modelo de gobernanza donde el Estado sea fuerte, pero la sociedad también.
Mientras el poder efectivo sobre el agua siga concentrado y los más pobres sigan siendo solo destinatarios y no co-autores de las decisiones, ‘primero los pobres’ seguirá siendo un lema inspirador… pero no una realidad hídrica en México.