1. Publicación en BOE de las Bases reguladoras del PERTE de regadíos
Ayer 2 de agosto de 2023 se publicó la Orden TED/918/2023, de 21 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas por concurrencia competitiva para la elaboración de proyectos de digitalización de comunidades de usuarios de agua para regadío en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PERTE digitalización del ciclo del agua), y se aprueba la convocatoria del año 2023. La orden la firmó la Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.
En el siguiente link está la noticia “Francisco Javier Sánchez: “El PERTE está destinado a conocer los recursos hídricos disponibles” y el video de su intervención.
Como bien sabéis, la digitalización de información consiste en convertir una información analógica en una sucesión de unos y ceros. Para tener éxito en este PERTE de digitalización, como en cualquier otra subvención, lo principal es tener muy claros los criterios de valoración. Por esta razón, el título de este post es “100 puntos para el PERTE de digitalización de regadíos”.
Javier Sánchez, en Nuevo Regadío Fórum, actualizó el calendario del PERTE con la previsión del mismo en julio. Gracias a todo el equipo por el trabajo realizado que ha permitido realizar esta publicación en una fecha tan próxima.
- Link a la noticia iagua de la presentación Javier Sánchez en NRF.
- Link a la noticia iagua de la publicación de las Bases reguladoras del PERTE.
- Link a la publicación BOE Bases Reguladoras. (02-08-2023)
- Web del miteco para la Participación pública de las Bases Reguladoras (12/04/2023)
2. Principales características de esta convocatoria del PERTE de digitalización de regadíos
- Cuantía de las ayudas:
- Presupuesto total de la convocatoria: 100 M €uros.
- Máximo por proyecto: 2 M €uros.
- Mínimo por proyecto: 100.000 €uros.
- Proyectos con Comunidades de Usuarios de Aguas Subterráneas: Máximo de 4 M €uros.
- Intensidad máxima de la ayuda: 100% de los gastos elegibles subvencionables.
- Reserva de 60 M € para proyectos relacionados con recursos hídricos en riesgo.
- Entidades beneficiarias: Se permite presentar una solicitud por cada proyecto, y un solicitante puede presentar solo un proyecto, ya sea de forma individual o como parte de una agrupación de solicitantes.
- Comunidades de usuarios de agua con destino principal de riego.
- Comunidades de usuarios de aguas subterráneas con destino principal de riego.
- Comunidades generales de usuarios de agua con destino principal de riego.
- Juntas centrales de usuarios de agua con destino principal de riego.
- Asociaciones, federaciones o agrupaciones de comunidades de usuarios de agua con destino principal de riego.
- Intensidad de la ayuda: 100% de los costes.
- Gastos subvencionables: Asistencias y contratos externos, material inventariable, material fungible, costes indirectos, entre otros.
- Plazo de ejecución máximo: Hasta el 1 de junio de 2026.
- Subcontratación: Hasta el 90% del proyecto.
3. Objetivos Específicos
Esta orden persigue incentivar el desarrollo de la digitalización de las comunidades de usuarios de agua para regadío con los siguientes objetivos específicos:
- Mejorar el conocimiento de los usos del agua en el regadío y de la transparencia en la gestión administrativa del agua.
- Mejorar el empleo del agua en las explotaciones de regadío y el conocimiento de las pérdidas de agua en las explotaciones de regadío.
- Mejorar el empleo de fertilizantes y plaguicidas y disminuir los impactos de su aplicación sobre el ciclo hidrológico y la conservación y mejora de las masas de agua y suelos.
- Mejorar la eficiencia energética en las explotaciones de regadío y en general en la productividad de las mismas.
4. Soluciones digitales
Desde el punto de vista operativo, la puesta en marcha de este proceso pivota en torno al llamado Catálogo de Soluciones de Digitalización del Regadío, integrado por las siguientes siete componentes:
- Solución digital A. Creación de una aplicación para la tramitación electrónica y de un portal web.
- Solución digital B. Creación de inventarios y servicios web de sistemas de información geográfica e identificación catastral del parcelario agrícola y red de riego.
- Solución digital C. Mejoras tecnológicas y digitalización de los sistemas de control del volumen de agua realmente utilizado.
- Solución digital D. Monitorización del contenido del agua en el suelo para optimización del riego.
- Solución digital E. Monitorización de la calidad del agua en los retornos de regadío a cauces superficiales.
- Solución digital F. Monitorización de los lixiviados a las aguas subterráneas.
- Solución digital G. Apoyo al telecontrol, monitorización y apoyo a la fertirrigación y mejora de la eficiencia energética
5. Plazo de presentación de solicitudes
En el artículo 10 se describe el Plazo de presentación de solicitudes. Estas se podrán presentar en el plazo de treinta (30) a partir de los sesenta (60) días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria, salvo que en aquella se establezca otro plazo.
En la Disposición final tercera se describe que la presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
He usado una web para estimar el plazo de presentación de solicitudes, 90 días hábiles, a partir del 3 de agosto de 2023, y el resultado es el 14 de diciembre de 2023.
Posteriormente a la publicación de las bases, en la Web del MITECO se ha compartido que la fecha límite para la presentación de la memoria para aprovechar esta oportunidad histórica es el 13 de diciembre de 2.023, también se ha recomendado no esperar al último minuto en previsión de posibles problemas de la web
6. Criterios de valoración para el otorgamiento de la subvención
En el artículo 13 de la orden se describe que los criterios objetivos de otorgamiento de la subvención sumarán como máximo 100 puntos, y se determinarán de la forma siguiente:
- Calidad técnica del proyecto, hasta un máximo de 30 puntos. A su vez, se desagregan en tres subcriterios, relativos a la calidad del análisis de la problemática a resolver, a la definición detallada y coherente del conjunto de actuaciones incluidas, al grado de tecnificación de las propuestas y a la definición del presupuesto y su dimensionamiento a objetivos y el equilibrio del mismo en relación con las tipologías de soluciones propuestas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Regadío.
- Criterios ambientales y sociales, hasta un máximo de 40 puntos. A su vez, se desagregan en cuatro subcriterios relativos a la contribución del proyecto a la mejora del estado de las masas de agua asociadas, su contribución a la mejora de la eficacia y eficiencia en la gestión de los recursos hídricos, el fomento de la sostenibilidad ambiental de la agricultura, la consideración de la componente climática, así como la contribución al abordaje del reto demográfico.
- Criterios estratégicos, hasta un máximo de 30 puntos. A su vez, se desagregan en tres subcriterios relativos a la contribución al fomento de la transparencia en el uso y la gestión del agua de regadío, al carácter innovador e integrador de las soluciones, en especial en el cumplimiento de los nuevos desafíos normativos y la perdurabilidad de resultados y garantías de mantenimiento de proyecto después del plazo de implantación del mismo.
Aquellos proyectos que no obtengan al menos 15 puntos en los criterios de calidad técnica no serán valorados respecto a los criterios ambientales, sociales y estratégicos.
La calidad será, por tanto, el criterio por el que se rija el procedimiento de evaluación del proyecto y de concesión de financiación al amparo de estas bases. La puntuación mínima exigida para poder constituirse como entidad beneficiaria será de 50 puntos.
Atendiendo a la calidad de los proyectos contenidos en las solicitudes, conforme a los parámetros objetivables de la valoración de los proyectos presentados, todos ellos relacionados con las soluciones digitales, conforme a los objetivos del PERTE de digitalización del ciclo del agua y a la disponibilidad presupuestaria se podrá optar por no comprometer la totalidad del presupuesto.
En caso de que dos o más proyectos obtengan la misma puntuación y no haya crédito suficiente para atender a todos ellos, se priorizará el proyecto de acuerdo al siguiente orden de desempate:
- Aquel que haya obtenido mayor puntuación en la valoración de los criterios estratégicos
- Aquel que haya obtenido mayor puntuación en los criterios ambientales y sociales.
- Aquel que haya obtenido mayor puntuación en los criterios de calidad técnica.
- Si aún persistiera el empate, se dará prioridad a las solicitudes por orden de entrada en el registro.
En el anexo-II se indica la ponderación de los criterios y subcriterios de valoración, que se resumen en la siguiente tabla.
7. Reserva de Proyectos
De la cuantía total máxima de 100 M €uros, se reservan 60 M €uros para la subvención de los siguientes proyectos:
- 25 M €uros para solicitudes presentadas, individualmente o mediante una agrupación, por comunidades de usuarios que se abastezcan de masas de aguas subterráneas declaradas formalmente en riesgo de incumplir los objetivos medioambientales.
- 25 M €uros para solicitudes presentadas, individualmente o mediante una agrupación, por comunidades de usuarios que se abastezcan de masas de aguas subterráneas que no alcanzan el buen estado.
- 10 M €uros para solicitudes presentadas, individualmente o mediante una agrupación, por comunidades de usuarios que se abastezcan de masas de aguas superficiales que no alcanzan el buen estado.