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Clorar las aguas residuales: ¿delito ecológico?

Sobre el blog

Jorge Chamorro
Ingeniero especialista en tratamiento y depuración de aguas y en desalación.
  • Clorar aguas residuales: ¿delito ecológico?

No se si alguien se ha enterado de esta noticia, los técnicos de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (EPSAR) seguro que sí y algunos Jefes de Planta de las estaciones depuradoras de aguas residuales (EDAR) de la Comunidad Valenciana también.

“La Fiscalía denuncia a la Comunidad Valenciana por clorar agua vertida al mar para reducir la contaminación en playas”

La Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo ha denunciado a la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales (EPSAR) de la Consejería de Agricultura y a la XXXXXX por las actuaciones llevadas a cabo para la desinfección del vertido al mar de las acequias en la comarca de l'Horta Nord de Valencia en julio y agosto de 2019.

El objetivo era para reducir la contaminación fecal que obligó a cerrar algunas playas, al considerar que el método de cloración pudo constituir un delito medioambiental. Días después de esta práctica, aparecieron peces muertos en la desembocadura de una de las acequias.

Pero fijaros que se dice en la resolución de la fiscalía: “Existen informes periciales de los que se desprende que existían otros métodos "menos invasivos" que la cloración de las acequias para paliar y/o eliminar los efectos de la contaminación de origen fecal en medios naturales, como un desvío del vertido de modo que no alcanzara la playa o una fuerte dilución.”

Toda mi vida luchando para que la dilución no sea considerada como aceptable para la depuración de las aguas residuales y llega unos informes periciales y lo echan todo por tierra. Según el informe pericial con dejar que el vertido llegará al mar y se diluyera en él, era suficiente. Menudos listos.

No soy muy amigo de utilizar el cloro en las EDAR, y mucho menos, para corregir la aparición de bulking o microorganismos filamentosos en los fangos activos (creo que antes se deben de utilizar mecanismos biológicos de mayor eficacia). Sin embargo, sí soy partidario de disponer, en las EDAR, de un sistema de cloración de hipoclorito para casos de emergencia (como por ejemplo pandemias), cuyo uso si debe de estar permitido utilizar legalmente en casos excepcionales.

El coste de disponer de esta instalación es insignificante frente al coste total de la EDAR, pero siempre para su uso en casos excepcionales no como práctica habitual para “castigar” al fango activo que se comporte mal. Esto es propio de los errores de diseño que vengo denunciando de forma sistemática. Un diseño funcional, versátil y robusto, de los procesos biológicos, hace inútil el uso de cloro para eliminar microorganismos no deseados.

De todas formas, si los Jefes de Planta no tenían suficientes preocupaciones, ahora les viene otra más. Así que, antes de dosificar hipoclorito, aseguraros de que tenéis la protección legal suficiente para poder llevarla a cabo.