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El Impuesto medioambiental sobre las aguas residuales en Aragón

Sobre el blog

Luis Estaún García
Director General del Instituto Aragonés del Agua.

Publicado en:

Portada iAgua Magazine
  • Impuesto medioambiental aguas residuales Aragón

El anterior Impuesto sobre la contaminación de las aguas (ICA), denominado inicialmente canon de saneamiento, ha estado vigente en Aragón desde 2002 y mediante el mismo los aragoneses han contribuido a la financiación de los sistemas de saneamiento y depuración. La aplicación del impuesto fue paulatina y asociada al ritmo de ejecución y puesta en marcha de los sistemas en los diversos municipios, con una exención temporal a favor de Zaragoza, que había abordado sin financiación externa sus infraestructuras municipales de depuración. Dicha exención terminó en 2016 y la entrada del ICA en la capital desencadenó un debate político y social que llevó a una reforma legal, que dio lugar al Impuesto medioambiental sobre las aguas residuales (IMAR), que se aplica a partir de 2022 en todo Aragón.

El impuesto recae sobre los usuarios del agua, los domésticos que pagan por volumen y los industriales que pagan por carga contaminante, de forma similar a la mayoría de las figuras tributarias análogas existentes en otras comunidades autónomas. Los principales cambios respecto al ICA son la introducción de una tarifa progresiva por tramos para los contribuyentes domésticos y un sistema simplificado para los usos industriales o comerciales de poca entidad, que sustituye a la antigua asimilación a usos domésticos.

El IMAR tiene legalmente un carácter afectado, por lo que el dinero recaudado no puede destinarse a finalidades distintas del saneamiento y depuración. Actualmente, financia el funcionamiento de las más de 250 depuradoras que gestiona el Instituto Aragonés del Agua (IAA), así como parte de las inversiones en infraestructuras de saneamiento y las subvenciones que se otorgan para construir pequeñas depuradoras municipales. En el último ejercicio cerrado (2022), el balance de la aplicación del IMAR fue: gasto total del IAA: 79,6 M€; gasto en saneamiento y depuración: 74,2 M€ (93%); y cobertura con el IMAR: 68,8 M€ (93%).

Al implantarse un impuesto autonómico con una tarifa única, se consigue distribuir entre todos los contribuyentes el beneficio relativo

Existe también una finalidad solidaria, que persigue equilibrar los costes a sufragar por los usuarios del agua, que serían bastante más gravosos para los residentes en los municipios de menor población, muy numerosos en nuestra región. Al implantarse un impuesto autonómico con una tarifa única, se consigue distribuir entre todos los contribuyentes el beneficio relativo debido a la economía de escala de las instalaciones de mayor tamaño, evitando así penalizar en costes a los pueblos más pequeños.

En el caso de Zaragoza capital y otros municipios, que gestionan sus propios sistemas de saneamiento y depuración y los han financiado íntegramente con sus recursos propios, el IMAR se aplica con un coeficiente reductor de 0,40, que permite que la carga fiscal conjunta resultante de ambos tributos sea similar a la del IMAR en los demás municipios. La finalidad solidaria se despliega aquí con toda su evidencia.

La ley reconoce una finalidad extrafiscal medioambiental del IMAR, que implica que además de la función recaudatoria que le corresponde como tributo, persigue una mejora de la calidad de las aguas, reduciendo su contaminación y favoreciendo la racionalidad en su consumo, lo que se ha visto acentuado al introducir la tarifa progresiva.

Finalmente, puede concluirse con un balance positivo de la aplicación de estas figuras tributarias, que han permitido que hoy en Aragón estén en funcionamiento las depuradoras de más de 2.000 habitantes equivalentes, salvo las últimas que se están construyendo ahora, e incluso la mayoría de las de más de 1.000 habitantes equivalentes, lo que nos permite estar bien posicionados en la aplicación de las directivas europeas y frente a un posible aumento en su exigencia. Por otra parte, la financiación mediante el IMAR aporta la garantía que permite la sostenibilidad económica del funcionamiento real y de calidad de las infraestructuras construidas, facilitando desde la administración autonómica el correcto ejercicio de la competencia municipal en esta materia.

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