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El papel de los mercados del agua en la gestión de recursos escasos

Sobre el blog

Teresa M. Navarro Caballero
Profesora de Derecho Administrativo, Directora de la Cátedra del Agua y la Sostenibilidad, Secretaria del Instituto del Agua y del Medio Ambiente, Universidad de Murcia
  • papel mercados agua gestión recursos escasos

El próximo 2 de junio un nutrido grupo de expertos se reunirá en Murcia para analizar el papel que el mercado del agua puede desempeñar en cuencas deficitarias. El seminario, estructurado en tres mesas redondas analizará 1) el marco legal del mercado de derechos al uso privativo del agua en España y Chile, 2) los aspectos económicos y ambientales que éstos desempeñan en las cuencas deficitarias y 3) las experiencias de los mercados de aguas en las cuencas del Segura, Júcar y Guadiana, únicas que desde su creación los han empleado.  

El mercado del agua en España se concibió por el legislador como un instrumento que permitiría alcanzar una mayor eficiencia en el uso del agua en virtud de la reasignación de recursos que implicaba, sin originar nueva demanda, mediante la redistribución de unos caudales que ya habían sido concedidos. Esto habría de ayudar a superar el estancamiento en que por su rigidez se encontraban los instrumentos de gestión tradicionales. Sin embargo, fueron instituciones muy contestadas, por lo que desde su creación e implantación en el Derecho español los contratos de cesión y los bancos de agua se han visto sometidos a diversas reformas para fomentar su efectiva aplicación, dada la rigidez con se regularon de forma prístina. Así, desde el Real Decreto Ley 15/2005, de 16 de diciembre, y sus sucesivas prórrogas que vinieron a ampliar el círculo de sujetos que podían acudir al mercado del agua, en los últimos años se han sometido de nuevo a diversas reformas de distinto alcance como el Real Decreto-Ley 17/2012, de 4 de mayo, de medidas urgentes en materia de medio ambiente (después tramitado como Ley y publicado como la Ley 11/2012, de 19 de diciembre), seguida de otras que afectaron a los reglamentos que desarrollan la ley de aguas o la Ley 21/2013, de 13 de diciembre, de Evaluación Ambiental, que flexibilizó definitivamente el régimen jurídico de la utilización de las infraestructuras intercuencas.

El seminario pretende ser un punto de encuentro de gestores, profesionales, expertos, usuarios o interesados en el mundo de los recursos hídricos. A través de los debates que seguirán a cada una de las mesas redondas se producirá una segura e interesante comunicación entre los asistentes que, sin duda, enriquecerá las ponencias y conclusiones del encuentro.