En materia de gestión de los recursos hídricos, se puede decir que el Ecuador ha sido pionero a nivel legislativo. Primero, con la declaratoria del agua como un derecho humano y fundamental en 2008; y, Segundo, en mayo de 2017 al fijar una cantidad mínima vital de agua para el procesamiento de agua cruda.
Sin embargo, frente a esta particularidad, desde el proyecto de investigación que dirijo en la Universidad de Cuenca, nos preguntamos si acaso, ¿Puede la fijación del mínimo vital del agua afectar a los más vulnerables (población pobre e indígena)?
Producto de nuestro trabajo, hace pocos días publicamos el artículo: "The Vital Minimum Amount of Drinking Water Required in Ecuador", en el prestigioso journal RESOURCES: Resources 2018, 7(1), 15; doi:10.3390/resources7010015.
El trabajo estudia como el gobierno de Ecuador estableció la cantidad mínima de agua requerida para ser proporcionada gratuitamente por los servicios de agua potable.
Representa un enfoque novedoso de los derechos del agua en el mundo, ya que es el primer intento de establecer una cantidad mínima de agua en virtud de una garantía constitucional mediante legislación, en lugar de una regulación o decisión judicial.
Sin embargo, este nuevo enfoque legislativo plantea la cuestión de cómo esta cantidad mínima de agua gratuita afectará a los miembros más vulnerables de la comunidad ecuatoriana. Este documento proporciona los resultados de la primera investigación exhaustiva de la provisión hídrica mínima requerida en Ecuador.
Para medir el impacto en el ingreso de los hogares, construimos una metodología que integra: análisis doctrinarios, estudios normativos y análisis económicos. De acuerdo con la legislación ecuatoriana, el consumo excesivo de agua cruda genera costos adicionales que las compañías de agua deben pagar al gobierno central.
En ese sentido, existe una relación inevitable entre la eficiencia del servicio y esos costos adicionales. La eficiencia, en este caso, es la capacidad de las empresas de agua (públicas o privadas) para proporcionar servicios de agua a un precio adecuado, observando los siguientes parámetros: cantidad, calidad y suficiencia.
Nuestra investigación encontró que con esta legislación en tres gobiernos locales ecuatorianos (Cuenca, Gualaceo y Suscal), los hogares más vulnerables (es decir, hogares de bajos ingresos y / o indígenas) se verán más afectados. Esto significa que esas familias gastarán la mayor parte de sus ingresos en servicios de agua, de lo contrario tendrían que reducir su consumo de agua.