Redacción iAgua
Connecting Waterpeople
Global Omnium
Grupo Mejoras
Almar Water Solutions
Hach
Schneider Electric
KISTERS
RENOLIT ALKORPLAN
TRANSWATER
SCRATS
ACCIONA
FENACORE
Rädlinger primus line GmbH
GS Inima Environment
ISMedioambiente
Sacyr Agua
ADASA
ESAMUR
IAPsolutions
Xylem Water Solutions España
Asociación de Ciencias Ambientales
Amiblu
AGS Water Solutions
Minsait
Confederación Hidrográfica del Segura
Filtralite
HRS Heat Exchangers
Baseform
Innovyze, an Autodesk company
Ingeteam
Fundación CONAMA
Aqualia
CAF
TecnoConverting
Hidroconta
LACROIX
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
J. Huesa Water Technology
Barmatec
FLOVAC
Red Control
Likitech
Fundación Botín
Agencia Vasca del Agua
Vector Energy
DATAKORUM
AECID
Sivortex Sistemes Integrals
EPG Salinas
Laboratorios Tecnológicos de Levante
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Lama Sistemas de Filtrado
Cajamar Innova
s::can Iberia Sistemas de Medición
Fundación Biodiversidad
TEDAGUA
AMPHOS 21
Saint Gobain PAM
Catalan Water Partnership
ONGAWA
Molecor
ADECAGUA
ICEX España Exportación e Inversiones
Centro Nacional de Tecnología de Regadíos (CENTER)
Idrica

Se encuentra usted aquí

El Servicio Nacional de Consumo de Chile interpone demanda colectiva contra Aguas Andinas

Sobre la Entidad

Redacción iAgua
Redacción de iAgua. La web líder en el sector del agua en España y Latinoamérica.
  • Equipo de Aguas Andinas durante el corte del pasado 22 de enero

(MEFT) El SERNAC interpuso hoy una demanda colectiva contra la empresa sanitaria Aguas Andinas por infringir la Ley del Consumidor al no informar oportunamente sobre el corte de agua que afectó a 21 comunas de la capital el pasado 22 de enero.

El Servicio tomó esta determinación luego de conocer el informe técnico de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) que indicó que, si bien el corte fue calificado de inevitable, producto de las intensas lluvias ocurridas en la cordillera y que contaminaron el Río Maipo, Aguas Andinas no informó “en forma clara y oportuna a los usuarios” la ocurrencia del mismo.

Respecto de las medidas de mitigación empleadas por la empresa, la SISS las calificó de “deficientes” por no cumplir con los estándares legales, ya que Aguas Andinas, en algunos casos, proporcionó agua a los clientes afectados -a través de medios alternativos- por el corte recién a las 14:00 horas de ese día.

Al respecto el ministro de Economía, Fomento y Turismo, Pablo Longueira, reiteró el compromiso del Gobierno del Presidente Piñera con la defensa de los derechos de los consumidores. “No podemos fallar a la confianza que hoy depositan los consumidores en el SERNAC. Uno de los sellos de este Gobierno ha sido defender a quienes ven vulnerados sus derechos, y tal como el país lo ha visto, ninguna empresa estará exenta de responder cuando corresponde”, expresó.

Hay que recordar que tras este corte, el SERNAC solicitó a la empresa, a través de un oficio, que le informara las causas del corte, las medidas de mitigación adoptadas frente a la situación y los mecanismos utilizados para informar a los consumidores.

En su respuesta, Aguas Andinas indicó que la interrupción del servicio se debió a un evento de fuerza mayor, por lo que como compañía no tendría responsabilidad alguna y tampoco correspondería compensar a los usuarios por este hecho.

Sin embargo, a juicio del SERNAC la falta de información oportuna impidió a un grupo determinado de consumidores acumular agua suficiente a tiempo, lo que les causó perjuicios directos que deberán ser indemnizados por la empresa.

Los consumidores afectados representan a lo menos 1.360.000 personas residentes de las comunas de El Bosque, San Bernardo, San Ramón, La Cisterna, Peñalolén, La Pintana, La Granja y La Florida, cuyos cortes se verificaron entre las 23:30 horas del lunes 21 de enero y las 01:00 horas del día martes 22, según información de la propia empresa, por lo que no pudieron acumular agua para el consumo doméstico.

La Ley del Consumidor indica que las empresas tienen la obligación de entregar información veraz y oportuna a los consumidores, así como deben prestar sus servicios de forma profesional, adoptando todas las medidas que estén a su alcance para evitar causar daños a sus clientes, lo que a juicio del SERNAC la empresa no cumplió en este caso.

El Director (s) Nacional del SERNAC, Lucas Del Villar, explicó que la Ley faculta al SERNAC a solicitar judicialmente a las empresas sanitarias las compensaciones para los consumidores afectados si la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) determina en su investigación que hubo faltas al deber de profesionalidad al momento de prestar el Servicio, tal como ocurrió en este caso, además de las multas que establece la Ley del Consumidor.

La autoridad agregó, que si bien las indemnizaciones las determinará la Justicia, el SERNAC hará todos los esfuerzos para que Aguas Andinas compense económicamente a los consumidores que se vieron afectados por no contar con la información adecuada tras el corte del suministro del pasado 22 de enero.

La redacción recomienda