Connecting Waterpeople
ISMedioambiente
Baseform
Asociación de Ciencias Ambientales
ONGAWA
Barmatec
Saint Gobain PAM
Minsait
Red Control
Aqualia
Centro Nacional de Tecnología de Regadíos (CENTER)
HRS Heat Exchangers
AECID
ACCIONA
Agencia Vasca del Agua
Aganova
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
J. Huesa Water Technology
Laboratorios Tecnológicos de Levante
Xylem Water Solutions España
Molecor
Fundación Botín
Rädlinger primus line GmbH
GS Inima Environment
AGS Water Solutions
EPG Salinas
Idrica
MOLEAER
FLOVAC
Consorcio de Aguas de Asturias
ESAMUR
Schneider Electric
Global Omnium
LACROIX
TEDAGUA
IAPsolutions
Fundación CONAMA
SCRATS
TRANSWATER
CAF
Cajamar Innova
Grupo Mejoras
Filtralite
Almar Water Solutions
ADASA
Sivortex Sistemes Integrals
Hidroglobal
Innovyze, an Autodesk company
ADECAGUA
Prefabricados Delta
DATAKORUM
Fundación Biodiversidad
LABFERRER
ICEX España Exportación e Inversiones
AMPHOS 21
s::can Iberia Sistemas de Medición
Hach
RENOLIT ALKORPLAN
KISTERS
TecnoConverting
Lama Sistemas de Filtrado
IRTA
Amiblu
Hidroconta
Ingeteam
Likitech
Catalan Water Partnership
Vector Energy
FENACORE
Sacyr Agua
Confederación Hidrográfica del Segura
Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia
Kamstrup

Se encuentra usted aquí

Entran en vigor los planes hidrológicos 2022-2027

  • Entran vigor planes hidrológicos 2022-2027
    Trasvase Tajo-Segura (Foto: González-Cebrián/iAgua).

El tercer ciclo de planificación hidrológica, que regirá hasta el 31 de diciembre de 2027, entrará este sábado en vigor, según dispone el Real Decreto que publica este viernes el Boletín Oficial del Estado.

La planificación afecta a las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. Además, el BOE publica también sendos Reales Decretos por los que se aprueba el plan hidrológico de Galicia-Costa y de las Islas Baleares.

El voluminoso expediente incluye las nuevas normas que regirán el trasvase Tajo-Segura, con una actualización normativa que reduce el volumen hídrico transferible al fijar unos caudales ecológicos mínimos en el río Tajo.

No obstante, el Real Decreto establece que el Consejo Nacional del Agua, en el plazo de doce meses a contar desde este sábado 11 de febrero, tendrá que actualizar la normativa de las disposiciones que rigen el trasvase desde 2014.

El tercer ciclo de planificación hidrológica, que regirá hasta el 31 de diciembre de 2027, entrará este sábado en vigor

En la disposición adicional novena del Real Decreto, que coordina los planes hidrológicos relacionados con el trasvase por el acueducto Tajo-Segura, contempla que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, evaluará a partir del 1 de enero los resultados del 'Programa especial de seguimiento del estado de las masas de agua y de la sostenibilidad de los aprovechamientos en el ámbito del Acueducto Tajo-Segura' con el fin de velar por el cumplimiento de los objetivos ambientales de las masas de agua superficial comprendidas entre la presa de Bolarque y la cola del embalse de Valdecañas. En su caso, los resultados de ese Programa Especial de Seguimiento se tendrán en cuenta durante el cuarto ciclo de planificación.

Asimismo, el titular del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico aprobará a partir del 1 de octubre de 2024 cada año y mediante orden ministerial, el 'Programa especial de seguimiento del estado de las masas de agua y de la sostenibilidad de los aprovechamientos en el ámbito del Acueducto Tajo-Segura'.

Dicho programa hace un seguimiento detallado del estado de las masas de agua y del logro de sus objetivos ambientales, así como analizar el impacto de los caudales ecológicos fijados en el plan hidrológico de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo sobre las cuencas receptoras del trasvase Tajo-Segura, teniendo en cuenta el efecto de las medidas recogidas en la planificación de estas cuencas para su mitigación.

En concreto, el Programa especial incluirá el seguimiento de los caudales ecológicos fijados en el plan hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo; el análisis de su impacto progresivo en la consecución de los fines de la clasificación del estado ecológico; el seguimiento de los caudales circulantes por el río Tajo entre la presa de Bolarque y el embalse de Valdecañas; la evolución del estado ecológico y químico de las masas de agua superficial del tramo entre ambos embalses.

El voluminoso expediente incluye las nuevas normas que regirán el trasvase Tajo-Segura

Asimismo, incluye el seguimiento de las derivaciones por el acueducto Tajo-Segura hacia las cuencas receptoras; el seguimiento del uso del agua y de los resultados de los programas de inspección y control en las cuencas receptoras; la evolución del plan de inversiones en modernización de regadíos en la cabecera del Tajo y en el saneamiento y depuración de Madrid; la evolución del plan de inversiones en las cuencas receptoras, así como un análisis de su impacto en la consecución del objetivo de satisfacer adecuadamente las necesidades de la cuenca del Segura y de la mitigación del desequilibrio existente entre demanda y aportaciones naturales, expuesto en el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura.

En ese contexto, para analizar este seguimiento del acueducto Tajo-Segura, así como su programa de medidas asociado en las comunidades autónomas afectadas, bien sea cedente o cesionaria, se constituirá en cada comunidad autónoma una comisión bilateral de seguimiento del citado programa integrada por tres representantes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y tres representantes de la respectiva comunidad autónoma que se reunirán, al menos, una vez al año.

La redacción recomienda