Legislación

El BOE recoge la modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico

BOE recoge modificación Reglamento Dominio Público Hidráulico

El pasado 31 de agosto, el BOE publicaba la aprobación del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Entre las novedades de esta modificación, destaca el impulso de la digitalización, la simplificación administrativa y la actualiza...

El pasado 31 de agosto, el BOE publicaba la aprobación del Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico. Entre las novedades de esta modificación, destaca el impulso de la digitalización, la simplificación administrativa y la actualización del marco normativo. La necesidad de actualizar el RDPH viene establecida en el PERTE de digitalización del ciclo del agua y, del mismo modo, responde a las reformas propuestas por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) en torno a las presiones de las actividades económicas y el impacto del cambio climático.

Otras novedades notables del RD son el fomento del buen estado de las aguas continentales y en especial, del uso sostenible de las aguas subterráneas; la lucha contra la contaminación difusa, y el impulso de las labores de extinción de incendios forestales.

Los aspectos más remarcables

La finalidad del Real Decreto 665/2023 de reducir las cargas administrativas relacionadas con pequeñas actuaciones en entornos fluviales incluye el sometimiento a declaración responsable de diversas actividades, que agilicen los procedimientos particulares y delegue en la administración la función inspectora y la potestad sancionadora. En relación a las aguas residuales, se simplifican regímenes relacionados con la tramitación de los vertidos de escasa entidad. 

Asimismo, destaca la mejora en la normativa de protección de las aguas subterráneas, adaptando el texto a los cambios producidos en la actividad agraria e industrial. De este modo, se albergan medidas de protección de las masas de agua subterránea declaradas en riesgo, se actualizan criterios para el establecimiento de perímetros de protección y valoración de los daños causados por contaminación, y se proponen medidas de actuación frente a episodios de contaminación puntual.

Respecto a los cultivos forestales, se permiten las plantaciones en DPH, siempre que sea compatible con la conservación y protección ambiental de los cauces. Por otra parte, la tramitación de las normas técnicas de seguridad de presas, embalses y balsas se mejora y actualiza en el ámbito de su titularidad. 

Asimismo, el RPDH avanza en materia de digitalización en lo relativo a garantizar una adecuada gestión. La información sobre agua derivada de los caudales ecológicos se comunicará electrónicamente, y los mismos podrán ser certificados por las entidades colaboradoras de la administración hidráulica que se homologuen a tal efecto. Esta actualización marca una importante diferencia, dado que, hasta el momento, estas comunicaciones se enviaban en formato papel al organismo de la cuenca, lo que obstaculizaba la claridad y la transparencia sobre los datos precisos del consumo del agua en determinadas partes de España.

Finalmente, el RPDH añade nuevos contenidos en el Reglamento orientados a impulsar la prevención de la contaminación de las aguas por la contaminación difusa, y desarrolla y mejora el régimen normativo en materia de planificación y gestión del riesgo de inundación, incluyendo la novedad de proteger el agua de lluvia en los entornos urbanos que llega al terreno. 

El Real Decreto 665/2023 entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

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