El Gobierno de España, en línea con su objetivo primordial de garantizar la seguridad de las obras hidráulicas orientadas al almacenamiento de aguas, ha abierto el periodo de información pública para el proyecto de Real Decreto que establecerá las Normas Técnicas de Seguridad específicas para las balsas, una infraestructura clave para múltiples actividades como abastecimiento, riego, extinción de incendios y usos recreativos.
Estas Normas Técnicas de Seguridad, tal y como establece el Reglamento de Dominio Público Hidráulico, son:
- Norma Técnica de Seguridad para la clasificación de las balsas y para la elaboración e implantación de sus planes de emergencia.
- Norma Técnica de Seguridad para el proyecto, construcción y primer llenado de las balsas.
- Norma Técnica de Seguridad para la explotación, revisiones de seguridad y puesta fuera de servicio de las balsas.
Estas infraestructuras son cada vez más numerosas, y la necesidad de un marco regulador que garantice su seguridad es imprescindible. Tras la introducción por el Real Decreto 9/2008, de 11 de enero del Título VII en el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, se establecieron las exigencias mínimas de seguridad que deben cumplir las balsas en todas sus fases, adaptándose al riesgo potencial que pueda surgir por rotura o mal funcionamiento. Las normas gradúan las obligaciones según la clasificación de las balsas y establecen los procedimientos de control necesarios, tanto para los titulares como para las Administraciones públicas.
El proyecto de Real Decreto estará disponible para consulta pública desde el 19 de agosto hasta el 30 de septiembre de 2024. Durante este periodo, se podrán presentar comentarios y alegaciones a través del buzón oficial (buzon-itdga@miteco.es), especificando en el asunto: “Observaciones Normas Técnicas Seguridad Balsas”.