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La depuración de las aguas en pequeñas poblaciones

  • depuración aguas pequeñas poblaciones

¿Cuál es el concepto de pequeña población?

El tamaño de la población puede establecerse en función del número de habitantes y/o carga contaminante (habitantes equivalentes, en adelante h.e.), que es el criterio comúnmente aplicado para diferenciar entre pequeñas, medianas y grandes poblaciones. A nivel mundial no existe un consenso en cuanto al número de habitantes a partir del cual una población se puede considerar pequeña. Por una parte, en la Unión Europea se suelen considerar pequeñas aglomeraciones urbanas aquellas con una población inferior a los 2.000 h.e., coincidiendo con el límite establecido por la Directiva 91/271/CEE, por debajo del cual las aguas residuales requieren un tratamiento adecuado, independientemente de que viertan a aguas costeras o a aguas continentales y estuarios. Este ha sido el criterio aplicado por la mayor parte de los estados miembros de la UE para desarrollar su propia legislación y planes de saneamiento y establecer los límites de vertido. Por otra parte, la International Water Association (IWA) define la pequeña población como aquella con un número de habitantes inferior a 4.000 h.e., distinguiendo entre muy pequeñas poblaciones (de 1 a 10 familias), poblaciones medianas (50-500 h.e.) y poblaciones de mayor tamaño (500-4.000 h.e.).

¿Qué singularidades tiene el tratamiento de sus aguas residuales?

Las aguas residuales generadas en pequeños núcleos de población difieren de las generadas en las medianas y grandes aglomeraciones, principalmente en dos aspectos esenciales: el caudal y su composición. Estas diferencias están motivadas principalmente por los diferentes tipos de actividades que en ellos se desarrollan. Cuanto más pequeño es el núcleo más fuertes son las oscilaciones del caudal de las aguas residuales que en él se generan, Pasándose, en el caso de muy pequeñas poblaciones (< 50 h.e.), de caudales casi nulos a primeras horas de la mañana, a caudales puntas que superan ocho veces el caudal medio. La relación (Qmax/Qmed) normalmente crece exponencialmente a medida que disminuye el número de habitantes.

Las menores dotaciones de abastecimiento que, de forma general, se registran en las pequeñas aglomeraciones urbanas, tiene una traducción inmediata en las composiciones de las aguas residuales que se generan. La menor dotación de abastecimiento conduce a una menor dilución de los contaminantes generados por la población, lo que se traduce en incrementos de la concentración de los mismos. Por tanto, las pequeñas poblaciones se caracterizan, en general, por generar un “pequeño” volumen de aguas residuales pero fuertemente contaminadas.

las pequeñas poblaciones se caracterizan, en general, por generar un “pequeño” volumen de aguas residuales pero fuertemente contaminadas

Además de estos dos aspectos esenciales, caudal y composición, existen otras peculiaridades a tener en cuenta en la selección de las tecnologías a aplicar en estas pequeñas poblaciones y en el diseño de las mismas. Uno de ellos es el factor económico, concretamente la economía de escala. A menor tamaño de la población mayor es el coste de la depuración por habitante. Por debajo de cierto número de habitantes, los costes son difícilmente asumibles por la población y es necesario recurrir a soluciones de gestión distintas a la gestión directa por parte de cada ayuntamiento. Por ello, y para salvar en la medida de lo posible este efecto, a la hora de seleccionar el tratamiento se debería considerar en lo posible tecnologías poco costosas en implantación y explotación y recurrir a soluciones de gestión de tipo supramunicipal de las infraestructuras de depuración.

Otro de los factores a considerar es el impacto ambiental asociado al vertido de esta tipología de poblaciones, y por ende, la localización del mismo. Los vertidos de aguas residuales procedentes de pequeñas aglomeraciones urbanas, a pesar del pequeño volumen que en teoría representan, pueden tener un impacto significativo sobre el medio receptor en función de la sensibilidad de dicho medio. Si los vertidos tienen lugar en zonas de alto valor ecológico o en masas de agua con caudales circundantes mínimos, las aguas deben ser sometidas a un tratamiento intenso que permita que su descarga al medio ambiente produzca el mínimo efecto. En otros casos, la alta capacidad de autodepuración del medio permite el vertido de las aguas residuales directo o tras un tratamiento simple (primario).

Los cambios estacionales de población tienen también una gran influencia en la generación de vertidos en las pequeñas aglomeraciones, alterando de manera considerable las características del mismo y el impacto en el medio. Hay incluso poblaciones que únicamente están habitadas en determinados meses al año. Estas variaciones estacionales complican el diseño de las instalaciones de depuración. La depuración de las aguas residuales urbanas es tanto más compleja cuanto mayor es el grado de dispersión de la población. Una consecuencia directa de la dispersión de la población es la aparición de numerosos núcleos de menor tamaño, que no siempre pueden ser aglomerados para tratar sus aguas de manera conjunta y reducir costes. La definición de las aglomeraciones, según recoge la Directiva 91/271/CEE, es fundamental para abordar la depuración de los pequeños núcleos de población. Implica no sólo determinar aquellos núcleos que se van a sanear de manera conjunta en la misma estación de tratamiento, sino, igualmente, determinar que parte de la población quedará sin aglomerar y se someterá a tratamiento descentralizado o in situ. Esta definición debe hacerse teniendo en cuenta numerosos factores, fundamentalmente económicos, técnicos y medioambientales y puede llegar a ser bastante complicada dependiendo del grado de dispersión de la población.

La definición de las aglomeraciones es fundamental para abordar la depuración de los pequeños núcleos de población

La definición de las aglomeraciones influye de manera decisiva en los costes de saneamiento y depuración, en su eficacia y en el impacto final sobre el medio natural. En algunas zonas de España aún no se encuentran bien definidas estas aglomeraciones, lo cual dificulta mucho la tarea de realizar una diagnosis de la situación actual en relación con el grado de saneamiento y depuración de los pequeños núcleos.

Es extensa la legislación que regula la depuración y vertido de las aguas residuales urbanas, tanto a nivel nacional como internacional. En el caso de España, como el resto de países miembros de la UE, la legislación básica en materia de tratamiento de aguas residuales urbanas está determinada por la Directiva 91/271/CEE. La finalidad de esta Directiva es proteger el medio ambiente contra todo deterioro debido al vertido de esas aguas. Para ello, establece unos requerimientos mínimos para la recogida, tratamiento y vertido de las aguas residuales urbanas, y de las aguas residuales de algunos sectores industriales.

Para las pequeñas poblaciones menores a 2.000 h.e., la Directiva 91/271/CEE obliga a que las aguas residuales reciban un tratamiento adecuado siendo éste “cualquier proceso y/o sistema de eliminación en virtud del cual, después del vertido de dichas aguas, las aguas receptoras cumplan con los objetivos de calidad pertinentes y las disposiciones pertinentes de la presente y de las restantes Directivas comunitarias”. Como puede observarse, dicha definición incluye el objetivo final del tratamiento pero no especifica los límites de calidad del vertido ni el tipo de tecnología que permite su consecución. Esta “indefinición” del tratamiento adecuado ha constituido un serio problema a las administraciones competentes a la hora de proponer y crear infraestructuras de saneamiento y depuración. De hecho, algunas administraciones “reclaman” el establecimiento de unos límites de vertido al igual que se realiza para las aglomeraciones superiores a 2.000 h.e.

Ante esta situación de indefinición surge la pregunta, muy extendida en medios profesionales y científicos, sobre la necesidad de un contexto normativo específico para regular los vertidos procedentes de pequeñas poblaciones, como ya se ha hecho en otros países.

En cualquier caso, con el tratamiento adecuado se debe cumplir con los objetivos de calidad de los cuerpos receptores de agua, tal y cómo define la Directiva Marco del Agua 2000/60/CE, así como otras directivas sectoriales relacionadas con el vertido de aguas residuales (Directivas sobre aguas de baño, aguas destinadas a la producción de agua potable, cría de moluscos, aptas para la vida de los peces) y otros aspectos como la reutilización de las aguas depuradas, los futuros paisajes asociados al cambio climático, etc. Esto exige que, previamente a seleccionar el esquema de tratamiento a establecer, la masa de agua debe estar perfectamente caracterizada en lo que a su calidad se refiere y también en cuanto a los objetivos de calidad a alcanzar. Resumiendo, la tecnología seleccionada debe permitir cumplir con los objetivos definidos.

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